Ante las numerosas llamadas recibidas en el día de hoy a consecuencia del proyecto comentado por el Ministro de Interior Don Alfredo Perez Rubalcaba para realizar medidas de vigilancia a los terroristas durante 20 años a partir de su puesta en libertad , desde la ACVOT manifestamos que
primero) creemos que, de momento, es una declaración de intenciones y que todo dependerá de la redacción de la futura ley, redacción que deberá clarificar contundentemente si es aplicable a terroristas con atentados cometidos antes de la entrada en vigor de dicha ley. Desde la ACVOT entendemos que, de no ser así, los efectos serían aplicables a terroristas que atentaran en un futuro, por lo que esa nueva ley sería aplicable también a partir, aproximadamente, del año 2050.
segundo) si esta declaración de intenciones se consolida y finalmente es aprobada, desde la ACVOT entendemos que debería ser aplicable a los terroristas que, por lo menos, obtengan la libertad a partir de la fecha de entrada en vigor de la ley. Por ello, numerosos terroristas que serán pronto puestos en libertad por atentados cometidos antes del año 1995 y que fueron juzgados por el Código Penal de 1973, serían los principales objetivos a vigilar. Sin este tipo de aplicación, esta Ley no tendrá sentido práctico en absoluto, tal y como se comenta en el punto primero.
tercero) El Ministro Perez Rubalcaba dice que "es imposible contentar a las asociaciones de víctimas de ETA, que pedían penas de alejamiento de todas las víctimas de la banda para los etarras que salgan de la cárcel, y no sólo de sus propias víctimas. Hay víctimas de ETA en todo el territorio". Desde la ACVOT le recordamos que una sentencia marca la prohibición de no visitar una zona del territorio, en concreto, la zona de comisión del atentado. La sentencia de octubre de 1989 por el atentado contra "Hipercor".